Artículo 29. Cuantía y límite de la ayuda.
Artículo 29 del Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería. · BOE-A-2010-1396
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-30.
Texto consolidado
1. La cuantía indicativa de la ayuda por hectárea será de 1.100 €/Ha.
2. El importe final de la ayuda por hectárea será determinado por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, antes del 30 de diciembre de 2010, dividiendo el límite máximo mencionado en el apartado 3 entre el total de las superficies determinadas que se obtendrá de las comunicaciones efectuadas por las comunidades autónomas según lo establecido en el punto g) del apartado 2 del artículo 109. No obstante dicho importe no será inferior a 1.100 €/Ha para la superficie determinada cuya producción se haya destinado a la fabricación de tomate pelado entero, con un límite de 1.300 Ha.
3. Los pagos de esta ayuda en este sector y para la campaña no podrán rebasar el límite presupuestario de 28.116.500 euros.