Artículo 29. Órganos competentes.
Artículo 29 de la Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de ordenación vitivinícola. · BOE-A-2006-2
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-15.
Texto consolidado
El ejercicio de la potestad sancionadora en materia de vitivinicultura corresponderá a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. Podrá ser ejercida por el organismo público que se determine reglamentariamente.