Artículo 29. Naturaleza y efectos.
Artículo 29 de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO). · BOE-A-2005-11132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-05.
Texto consolidado
1. Los planes rectores de uso y gestión desarrollan las directrices del Plan de ordenación de los recursos naturales y establecen la previsión de las actuaciones que deben llevarse a cabo, en particular las relativas a investigación, uso público y protección y mejora de los valores ambientales y promoción socioeconómica.
2. Los planes rectores de uso y gestión tienen carácter vinculante para las administraciones y los particulares y prevalecen sobre el planeamiento territorial y urbanístico. Cuando sus determinaciones son incompatibles con la normativa territorial y urbanística en vigor, esta última tiene que revisarse de oficio para adaptarla a las prescripciones del Plan de uso y gestión.