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Ley Vigente

Artículo 29. Otras aportaciones económicas.

Artículo 29 de la Ley 3/2001, de 25 de septiembre, de Bibliotecas de Cantabria. · BOE-A-2001-19610

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-12-03.

Texto consolidado

Los titulares de las Bibliotecas podrán recibir para su financiación aportaciones procedentes de subvenciones, legados, herencias, donativos o de cualquier otro medio a título gratuito.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-12-03.

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