Artículo 29. Limitaciones del Gobierno en funciones.
Artículo 29 de la Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears. · BOE-A-2019-2862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-03.
Texto consolidado
1. El gobierno en funciones y sus miembros no pueden llevar a cabo las siguientes actuaciones:
a) Presentar proyectos de ley ante el Parlamento, incluido el proyecto de ley de presupuestos de la comunidad autónoma.
b) Crear comisiones delegadas del Consejo de Gobierno.
2. Las delegaciones legislativas otorgadas por el Parlamento de las Illes Balears quedan en suspenso durante el tiempo que el Gobierno esté en funciones como consecuencia de la celebración de elecciones al Parlamento de las Illes Balears.