Artículo 29.
Artículo 29 del Instrumento de Ratificación de 14 de julio de 1982 del Convenio Europeo de Asistencia Judicial en Materia Penal, hecho en Estrasburgo el 20 de abril de 1959. · BOE-A-1982-23564
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-16.
Texto consolidado
Toda Parte Contratante podrá denunciar el presente Convenio en lo que le concierna, mediante una notificación dirigida al Secretario general del Consejo de Europa. Esta denuncia surtirá efecto seis meses después de la fecha en que el Secretario general del Consejo reciba dicha notificación.