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Real Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 28. Cese del Presidente, del Vicepresidente y de los Consejeros.

Artículo 28 del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores. · BOE-A-2015-11435

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-11-19.

Texto consolidado

1. El Presidente y el Vicepresidente cesarán en su cargo por las causas siguientes:

a) Por finalizar el período para el que fue nombrado, en cuyo caso continuará en el ejercicio de sus funciones hasta el nombramiento de quien hubiera de sucederle.

b) Renuncia aceptada por el Gobierno.

c) Separación acordada por el Gobierno por incumplimiento grave de sus obligaciones, incapacidad permanente para el ejercicio de su función, incompatibilidad sobrevenida o condena por delito doloso, previa instrucción de expediente por el Ministerio de Economía y Competitividad.

2. Las mismas causas de cese serán aplicables a los Consejeros a los que se refiere el artículo 23.2.c), correspondiendo aceptar la renuncia o acordar la separación al Ministro de Economía Competitividad.#df-6

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-11-19.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria..

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