Artículo 28. Escala de oficiales.
Artículo 28 del Real Decreto 711/2010, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2010-8698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-02.
Texto consolidado
En la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad existirán las siguientes especialidades fundamentales:
a) Medicina.
b) Farmacia.
c) Veterinaria.
d) Odontología.
e) Psicología.