Artículo 28. Relación numérica profesor-alumnado.
Artículo 28 del Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2010-5662
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-04-10.
Texto consolidado
Los centros docentes que impartan los estudios superiores de conservación y restauración de bienes culturales tendrán, como máximo, una relación numérica 1/20 en las clases teóricas, y 1/10 en las clases teórico-prácticas y en los talleres.
Más artículos de Real Decreto 303/2010
- ← Artículo 27. Requisitos relativos a las instalaciones de los centros de enseñanzas artísticas superiores de conservac…
- → Artículo 29. Requisitos relativos a las instalaciones de los centros de enseñanzas artísticas superiores de diseño.
- Ver la norma completa: Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.