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Real Decreto Derogada

Artículo 28. Acceso a la universidad para mayores de 25 años.

Artículo 28 del Real Decreto 1892/2008, de 14 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de grado y los procedimientos de admisión a las universidades públicas españolas. · BOE-A-2008-18947

Atención: Real Decreto 1892/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Las personas mayores de 25 años de edad, podrán acceder a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado mediante la superación de una prueba de acceso. Sólo podrán concurrir a dicha prueba de acceso, quienes cumplan o hayan cumplido los 25 años de edad antes del día 1 de octubre del año natural en que se celebre dicha prueba.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-11-25.

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