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Real Decreto Derogada

Artículo 28. Órganos de asesoramiento de la Comisión.

Artículo 28 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía. · BOE-A-1999-18000

Atención: Real Decreto 1339/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo Consultivo de Electricidad y el Consejo Consultivo de Hidrocarburos a los que se refiere el apartado segundo de la disposición adicional undécima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, son órganos de asesoramiento de la Comisión Nacional de Energía.

2. Sin perjuicio de las peculiaridades previstas en el presente Real Decreto, estos Consejos Consultivos se regirán por lo dispuesto para los órganos colegiados en el capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-08-25.

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