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Real Decreto Derogada

Artículo 27. Deber de sigilo.

Artículo 27 del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía. · BOE-A-1999-18000

Atención: Real Decreto 1339/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los miembros de la Comisión Nacional de Energía deberán guardar sigilo, incluso después de cesar en sus funciones, de cuantas informaciones tuvieran conocimiento en el ejercicio de sus cargos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-08-25.

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