Artículo 28. Puestos vacantes.
Artículo 28 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. · BOE-A-2018-3760
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-03-18.
Texto consolidado
Tienen la consideración de vacantes, a efectos de concurso, los puestos reservados a este sistema de provisión y no cubiertos por el mismo ni por funcionarios nombrados en un primer destino.