Artículo 28. Ecorrégimen de Agricultura de carbono y agroecología: Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos húmedos.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
1. Se concederá una ayuda a los titulares de explotaciones ganaderas que así lo soliciten según lo establecido en el capítulo I del título IV y que sobre sus hectáreas subvencionables de pastos permanentes o pastos temporales ubicadas en la región de pastos húmedos conforme a lo indicado en el artículo 27.4, realicen alguna de las prácticas descritas en los artículos 30 y 31:
a) pastoreo extensivo,
b) establecimiento de islas de biodiversidad o siega sostenible.
2. Los importes unitarios serán los establecidos en el anexo X.
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