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Real Decreto Vigente

Artículo 28. Marca de matrícula de prueba.

Artículo 28 del Real Decreto 1029/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles y por el que se modifica el Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM). · BOE-A-2025-22950

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-05-13.

Texto consolidado

La matrícula de prueba consistirá en las marcas de nacionalidad EC seguida por un guion y a continuación tres números. Esta matrícula se fijará sobre la aeronave siguiendo las disposiciones vigentes aplicables en la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-05-13.

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