Artículo 28. Clases de Comisiones.
Artículo 28 del Real Decreto 101/2014, de 21 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España. · BOE-A-2014-2599
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-03-12.
Texto consolidado
En la Real Academia de Ciencias Veterinarias de España habrá dos clases de Comisiones: permanentes y temporales.