El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 28. Acciones complementarias en extinción de focos.

Artículo 28 de la Ley 6/1994, de 19 de mayo, de Sanidad Animal de Castilla y León. · BOE-A-1994-14039

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-06-16.

Texto consolidado

Extinguido oficialmente un foco de cualquier enfermedad infectocontagiosa o parasitaria, se procederá a una rigurosa limpieza, desinfección, desinsectación y desratización de los lugares que hubiesen servido de alojamiento y de los utensilios o materiales que hubiesen estado en contacto con los animales infectados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-06-16.

Más artículos de Ley 6/1994

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1994 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.