Artículo 28.
Artículo 28 de la Ley 4/1993, de 21 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1993-14881
Atención: Ley 4/1993 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Cuando las deficiencias de instalación o lo insuficiencia de medios personales pongan en peligro la conservación, seguridad o servicios de los documentos constitutivos del Patrimonio Documental Madrileño custodiados en una institución y ésta no tuviera medios para subsanarlo, podrá la Comunidad de Madrid obligar a su depósito en el Archivo Regional, u otro que determine, hasta tanto desaparezcan las causas que motivaron el peligro.