Artículo 28.
Artículo 28 de la Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana. · BOE-A-1987-9636
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-07.
Texto consolidado
Uno. Las candidaturas presentadas en todas las circunscripciones se publicarán en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» y en los «Boletines Oficiales» de las provincias respectivas el vigésimo segundo día posterior a la convocatoria de las elecciones, y serán expuestas en los locales de las respectivas Juntas Electorales Provinciales.
Dos. Dos días después, estas Juntas comunicarán a los representantes de las candidaturas las irregularidades apreciadas en ellas de oficio o mediante denuncia de otros representantes. El plazo de subsanación de irregularidades es de cuarenta y ocho horas.