Artículo 28.
Artículo 28 del Instrumento de Ratificación de Tratado de Extradición entre el Reino de España y la República del Perú, hecho en Madrid el 28 de junio de 1989. · BOE-A-1994-1662
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-01-31.
Texto consolidado
1. No se requerirá legalización de las firmas de las Autoridades y funcionarios de las Partes contratantes que obren en los documentos emitidos en aplicación de este Tratado.
2. Cuando se acompañaren copias de documentos deberán presentarse certificadas por Autoridad competente.