Artículo 28. Infracciones muy graves.
Artículo 28 del Decreto-ley 4/2014, de 26 de agosto, por el que se regula la Renta Básica Extremeña de Inserción. · BOE-A-2014-9903
Atención: Decreto-ley 4/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Tendrán la consideración de infracciones muy graves las siguientes:
a) La aportación de datos o documentos falsos con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que correspondan, o prolongar indebidamente su disfrute.
b) La omisión de declaraciones legalmente obligatorias, la ocultación de ingresos o bienes de los que se disponga u otros incumplimientos que puedan ocasionar percepciones indebidas o superiores a las que correspondan.