El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Derogada

Artículo 28. Medidas en el ámbito de las subvenciones en materia de servicios sociales.

Artículo 28 del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2020-90072

Atención: Decreto-ley 1/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se habilita al Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales para modificar las condiciones de las subvenciones nominativas para garantizar la cobertura de los servicios esenciales para atender las necesidades provocadas por la crisis sanitaria del COVID-19.

2. La atención de las necesidades provocadas por la crisis sanitaria del COVID-19 se considerará causa justificada para la concesión excepcional de subvenciones directas sin necesidad del informe de la comisión técnica prevista en el apartado 3 del artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-03-25.

Más artículos de Decreto-ley 1/2020

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 1/2020 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.