Artículo 27. Situaciones administrativas.
Artículo 27 del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería profesionales de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-1992-20513
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-09-01.
Texto consolidado
El personal de tropa y marinería profesionales podrá encontrarse en las situaciones administrativas de servicio activo, disponible, suspenso de empleo, suspenso de funciones y excedencia voluntaria, en los términos regulados en el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional, aprobado por Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, y en el apartado 3 del artículo 40 de este Reglamento.