Artículo 27.
Artículo 27 del Real Decreto 2486/1980, de 26 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Puertos Deportivos. · BOE-A-1980-25004
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-12-05.
Texto consolidado
1. La petición se tramitará conforme a lo establecido en los artículos 20, 21 y 22 del presente Reglamento.
2. Asimismo serán de aplicación a las concesiones previstas en este capítulo los artículos 23 y 24 del presente Reglamento.