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Real Decreto Vigente

Artículo 27. Régimen presupuestario.

Artículo 27 del Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial. · BOE-A-2003-1211

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-21.

Texto consolidado

1. El régimen económico del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial es presupuestario. El presupuesto será único y comprenderá la totalidad de ingresos, gastos e inversiones del Colegio referido al año natural.

2. En cada presupuesto se cifrarán con la suficiente especificación los gastos previstos en función del programa de actividades a desarrollar por los distintos órganos colegiales, así como los ingresos que se prevea devengar durante el correspondiente ejercicio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-21.

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