Artículo 27.
Artículo 27 de la Ley 7/1987, de 4 de abril, por la que se establecen y regulan actuaciones públicas especiales en la «conurbación» de Barcelona y en las comarcas comprendidas dentro de su zona de influencia directa. · BOE-A-1987-10011
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-04-09.
Texto consolidado
La Entidad Metropolitana del Transporte podrá fijar, además, como ingreso adicional, un recargo sobre la base liquidable de la Contribución Territorial Urbana, de conformidad con lo que establezca la legislación de finanzas locales aprobada por el Parlamento.