Artículo 27. Cuerpo General del Ejército de Tierra.
Artículo 27 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar. · BOE-A-2007-19880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-01.
Texto consolidado
1. Los miembros del Cuerpo General del Ejército de Tierra, agrupados en escala de oficiales, escala de suboficiales y escala de tropa, tienen como cometidos la preparación y empleo de la Fuerza y del Apoyo a la Fuerza del Ejército de Tierra.
2. Los empleos del Cuerpo General del Ejército de Tierra son los de teniente a general de ejército en la escala de oficiales, los de sargento a suboficial mayor en la escala de suboficiales y los de soldado a cabo mayor en la escala de tropa.