Artículo 27. Control presupuestario.
Artículo 27 de la Ley 2/2024, de 27 de junio, de la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2024-16512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-29.
Texto consolidado
1. El control presupuestario y financiero de la CACVSA se efectuará –de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones de la Generalitat Valenciana– por la Sindicatura de Comptes de la Generalitat en los términos establecidos por su ley reguladora y demás normativa económico-financiera del sector público empresarial valenciano.
2. El director general rendirá cuentas periódicamente de la gestión presupuestaria ante la comisión parlamentaria correspondiente.