Artículo 26. Titularidad.
Artículo 26 de la Ley 2/2024, de 27 de junio, de la Corporación Audiovisual de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2024-16512
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-06-29.
Texto consolidado
El capital de la CACVSA será íntegramente aportado por la Generalitat, que detentará su titularidad, y no podrá embargarse, enajenarse, hipotecarse, gravarse, pignorarse o cederse en cualquier forma onerosa o gratuita.