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Ley Vigente

Artículo 27. Clases de entidades deportivas.

Artículo 27 de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco. · BOE-A-2023-10639

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.

Texto consolidado

A los efectos de la presente ley se consideran entidades deportivas los clubes deportivos, las agrupaciones deportivas, las sociedades deportivas de capital, las federaciones deportivas y la Unión de Federaciones Deportivas Vascas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-19.

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