Artículo 27. Comisión.
Artículo 27 de la Ley 14/2016, de 7 de noviembre, de Patrimonio Arbóreo Monumental de la Región de Murcia. · BOE-A-2016-11095
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-10.
Texto consolidado
1. Se crea una Comisión consultiva de evaluación y seguimiento de la protección y conservación del patrimonio arbóreo de la Región de Murcia. La Comisión se reunirá al menos una vez al año.
2. La Comisión estará presidida por la persona titular de la Consejería con competencias de medio ambiente, o persona en quien delegue, y estará compuesta por los siguientes miembros:
– Un representante de la Consejería con competencias en medio ambiente.
– Un representante de la Consejería con competencias en agricultura.
– Un representante de la Consejería con competencias en cultura.
– Un representante del IMIDA.
– Un representante de las organizaciones agrarias de la Región de Murcia.
– Un representante de la Federación de Municipios de la Región de Murcia.
– Dos representantes de las asociaciones ciudadanas de conservación de la naturaleza y de las asociaciones de propietarios particulares.
– Dos representantes de las Universidades y centros de investigación oficial reconocidos y con sede en la Región de Murcia.