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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 27. Requisitos formales de la carta de nupcias y oponibilidad a terceros.

Artículo 27 de la Ley 10/2007, de 20 de marzo, de Régimen Económico Matrimonial Valenciano. · BOE-A-2007-8279

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-11-11.

Texto consolidado

1. Para su validez, la carta de nupcias o capitulaciones matrimoniales y sus modificaciones se deben otorgar en escritura pública.

2. El régimen de oponibilidad de la carta de nupcias o capitulaciones matrimoniales frente a terceros se regirá por lo dispuesto en la legislación del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-11-11.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2009-20071.

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