Artículo 27. Modelos oficiales y verificación de papeletas y sobres.
Artículo 27 de la Ley 1/2022, de 11 de mayo, de Elecciones al Parlamento de Canarias. · BOE-A-2022-10043
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-05-24.
Texto consolidado
1. La Junta Electoral de Canarias aprobará el modelo oficial de papeletas y sobres electorales de acuerdo con los criterios establecidos en las disposiciones de esta ley y en las normas de carácter reglamentario que la desarrollen.
2. Serán competentes para verificar que las papeletas y sobres electorales confeccionados por los grupos políticos concurrentes a las elecciones autonómicas se ajustan al modelo oficial:
a) Las juntas electorales provinciales, en relación con los correspondientes a las circunscripciones electorales insulares.
b) La Junta Electoral de Canarias, en relación con los correspondientes a la circunscripción electoral autonómica.