Artículo 27. Creación, adscripción y funciones.
Artículo 27 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña. · DOGC-f-2003-90008
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-21.
Texto consolidado
1. Se crea la Comisión de Delimitación Territorial como órgano de estudio, consulta y propuesta, en relación con las materias que afectan a la determinación, la revisión y la modificación de los límites territoriales de los entes locales de Cataluña y de las demarcaciones en que se estructura la Administración de la Generalidad.
2. La Comisión se adscribe orgánicamente al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales.
3. Son funciones de la Comisión:
a) Emitir informe en todos los expedientes de alteración de límites municipales.
b) Elaborar, a petición del Gobierno de la Generalidad, los estudios y las propuestas de revisión para proceder a la aplicación de lo que establecen los artículos 20 y 22.
c) Elaborar, a iniciativa propia o a petición del Gobierno de la Generalidad o del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, estudios o informes sobre la revisión o la modificación de los límites territoriales.
d) Las otras que le atribuyan las leyes.