El Vínculo El Vínculo.
Decreto Legislativo Vigente

Artículo 27. Competencias del Departamento responsable en materia de hacienda y finanzas.

Artículo 27 del Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco. · BOPV-p-1998-90002

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-20.

Texto consolidado

Corresponde al Departamento competente en materia de hacienda y finanzas:

a) La administración, gestión y efectividad de los derechos de la Hacienda General del País Vasco, en los términos establecidos en el ordenamiento.

b) La preparación del anteproyecto de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, y el seguimiento de su ejecución y del cumplimiento de las normas de carácter económico y financiero, todo ello con la participación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

c) La preparación de los anteproyectos de Leyes de Presupuestos Generales, con la participación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, así como de otros referentes a las materias propias de la Hacienda General del País Vasco, y de los proyectos de reglamentos del mismo contenido cuya aprobación esté atribuida al Gobierno.

d) Las facultades de contabilidad y del control interventor de la actividad económica de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

e) La ordenación de todos los pagos que correspondan a la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

f) La ejecución de la política económica y financiera aprobada por el Gobierno, en los términos que éste determine.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-20.

Más artículos de Decreto Legislativo 1/1997

En El Vínculo puedes leer Decreto Legislativo 1/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.