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Real Decreto Anulada

Artículo 26. Naturaleza, integración y funciones.

Artículo 26 del Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática. · BOE-A-2014-7970

Atención: Real Decreto 638/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Junta de la Carrera Diplomática, integrada administrativamente en la Subsecretaría del Departamento, es el órgano colegiado asesor del Ministro y del Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación en materia de ascensos y provisión de puestos de trabajo en el extranjero regulados en el presente Reglamento.

La Junta, además de las funciones que se le atribuyen en los artículos 8, 9, 10, 14, 15, 16, 18, 19 y 20 del presente Reglamento, asesorará al Ministro o, en su caso al Subsecretario sobre cuantas cuestiones relativas a la Carrera Diplomática estime pertinentes y las que sean sometidas a consulta por el Ministro o el Subsecretario.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-08-15.

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