Artículo 26. Asignación de recursos en el sistema Urola.
Artículo 26 del Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental. · BOE-A-2013-6078
Atención: Real Decreto 400/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se asigna para atender a la demanda urbana del Alto y Medio Urola unos recursos de 2,78 y 8,92 hm³/año de los embalses de Barrendiola e Ibaieder respectivamente.
2. Se asigna para satisfacer las demandas industriales del Urola (Urretxu, Zumárraga, Aizarnazabal, Azpeitia, Azkoitia y Legazpi) 2,84 hm³/año de los recursos superficiales de los ríos Urola e Ibaieder (integra diferentes captaciones).