Artículo 25. Asignación de recursos en el sistema Deba.
Artículo 25 del Real Decreto 400/2013, de 7 de junio, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico Oriental. · BOE-A-2013-6078
Atención: Real Decreto 400/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Se asigna para atender a las demandas urbanas del Alto Deba 8,71 hm³/año de recursos superficiales procedentes del Embalse Urkulu y del Sistema Pol-Pol.
2. Se asigna para atender a las demandas urbanas de Eibar 2,65 hm³/año de los recursos superficiales del Embalse Aixola y del Sistema Sagarerreka.
3. Se asigna para abastecimiento de los municipios de Deba, Elgoibar, Mendaro, Mutriku 2,74 hm³/año de los recursos subterráneos del Sistema Kilimon (galería Irabaneta, manantiales Mahala y pozos Kilimon, fundamentalmente).
4. Se asigna para satisfacer las demandas industriales en Bergara 1,03 hm³/año de los recursos superficiales del río Deba (integra diferentes captaciones).