Artículo 26. Masas de agua para las que se prorroga el logro de los objetivos ambientales.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-11.
Texto consolidado
En el apéndice 10 se recogen entre otras, aquellas masas de agua subterráneas para las que, en sus condiciones actuales y por el elevado impacto que presentan por actividades antrópicas, resulta inviable incluso eliminando totalmente la presión, reducir las concentraciones de nitratos en sus aguas por debajo de 50 mg/l en 2027. Para ellas se han establecido prorrogas para el logro del buen estado cualitativo o químico a horizontes posteriores al año 2027, habiéndose fijado en coherencia con ellos los objetivos parciales que corresponderían al año 2027. Las simulaciones de reducción realizadas con base en distintos escenarios tendenciales, por las que se justifica estos valores objetivo y los plazos precisos para su consecución, se encuentran incluidas en el anejo 8.
Más artículos de Real Decreto 35/2023
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- Ver la norma completa: Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.