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Real Decreto Derogada

Artículo 26. El Estandarte.

Artículo 26 del Real Decreto 1189/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. · BOE-A-2000-12322

Atención: Real Decreto 1189/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Estandarte de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, tendrá las siguientes características:

Estará formado por dos telas de damasco de seda blanca, para anverso y reverso, en un cuadrado de 60 cm de lado. El paño llevará una orla de color carmesí de dos centímetros de anchura y desde el ángulo superior de la vaina al ángulo inferior del pendiente, banda de la Gran Cruz en sus colores de diez centímetros de anchura. En el centro del paño, Escudo de la Orden con adornos exteriores. Flocadura de oro de cinco centímetros.

La cimera llevará grabada la Cruz de San Hermenegildo con Corona Real en sus colores. El asta será de bambú con intermedios y regatón grabados y esmaltados estilo Toledo.

La altura del asta con cimera será de dos metros cuarenta centímetros.

2. El Estandarte se conservará y custodiará por la Asamblea Permanente y estará presente en los actos solemnes de la Orden.

3. El Estandarte será portado por un Caballero o Dama Gran Cruz y escoltado por tres Caballeros o Damas Placa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-07-01.

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