Artículo 26. Competencia.
Artículo 26 del Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos. · BOE-A-1980-10861
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-05-29.
Texto consolidado
Corresponde a las Agrupaciones de Colegios de Médicos, en su propio ámbito territorial, el ejercicio de las funciones que le transfiera el Consejo General con la aprobación de la Asamblea General de Presidentes, de acuerdo con la legislación vigente.