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Real Decreto Vigente

Artículo 26. Convenios y moratorias.

Artículo 26 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía española. · BOE-A-2014-13302

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-12-23.

Texto consolidado

1. El Agente Gestor, de conformidad con las instrucciones y directrices que reciba de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, está facultado para la realización de las siguientes actuaciones:

a) Suscribir acuerdos sobre refinanciación o reestructuración de deuda, moratorias y remisiones parciales o quitas de deuda.

b) Enajenar los créditos derivados de las coberturas.

c) Realizar cualquier otra transacción o convenio comercial al uso internacional.

2. Los convenios deberán ratificarse por el Ministro de Economía y Competitividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-12-23.

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