Artículo 26. De la denominación y elementos distintivos de las competiciones deportivas oficiales de ámbito navarro.
Artículo 26 de la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra. · BOE-A-2001-15675
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-16.
Texto consolidado
1. Las competiciones deportivas oficiales de ámbito navarro podrán utilizar como elementos distintivos el escudo y la bandera de Navarra.
2. La denominación y elementos distintivos de las competiciones no oficiales de cualquier ámbito no podrán ser idénticos a los utilizados en las competiciones oficiales de ámbito navarro, ni tan semejante que pudiera inducir a error o confusión con aquéllas.