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Ley Vigente

Artículo 26. Infracciones leves.

Artículo 26 de la Ley 9/2011, de 24 de marzo, de mediación familiar de Aragón. · BOE-A-2011-8402

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-08.

Texto consolidado

Constituyen infracciones leves:

a) No comunicar al Registro de Mediadores Familiares de Aragón la información correspondiente en la forma que se determine reglamentariamente.

b) No informar a las partes, con carácter previo al inicio del proceso, sobre el coste de la mediación en los supuestos de no gratuidad.

c) No entregar a las partes una copia de las actas inicial y final.

d) Incumplir cualquier deber de los señalados en el artículo 10 de la presente Ley, cuando dicho incumplimiento no esté calificado como infracción grave o muy grave.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-04-08.

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