Artículo 26. Internacionalización.
Artículo 26 de la Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2011-18157
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-29.
Texto consolidado
Se fomentará en las empresas industriales del País Vasco una cultura competitiva internacional que impulse la adaptación estructural de las empresas y sectores industriales a las exigencias del mercado y a su proyección internacional. A estos efectos, se tendrán en cuenta los siguientes objetivos:
a) La promoción del comercio exterior.
b) El apoyo a la implantación de empresas vascas en el exterior, tanto en la creación de empresas mixtas o proyectos individuales como en la participación en proyectos ya existentes.
c) La promoción de acuerdos de colaboración entre empresas vascas y extranjeras.
d) La promoción de instrumentos de financiación y medidas de apoyo para las empresas que tengan por objeto la exportación.
e) La coordinación de las instituciones que operen en el área de la internacionalización.