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Ley Vigente

Artículo 26. Internacionalización.

Artículo 26 de la Ley 8/2004, de 12 de noviembre, de Industria de la Comunidad Autónoma de Euskadi. · BOE-A-2011-18157

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-29.

Texto consolidado

Se fomentará en las empresas industriales del País Vasco una cultura competitiva internacional que impulse la adaptación estructural de las empresas y sectores industriales a las exigencias del mercado y a su proyección internacional. A estos efectos, se tendrán en cuenta los siguientes objetivos:

a) La promoción del comercio exterior.

b) El apoyo a la implantación de empresas vascas en el exterior, tanto en la creación de empresas mixtas o proyectos individuales como en la participación en proyectos ya existentes.

c) La promoción de acuerdos de colaboración entre empresas vascas y extranjeras.

d) La promoción de instrumentos de financiación y medidas de apoyo para las empresas que tengan por objeto la exportación.

e) La coordinación de las instituciones que operen en el área de la internacionalización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-12-29.

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