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Ley Vigente

Artículo 26. Información sobre las limitaciones.

Artículo 26 de la Ley 6/2025, de 23 de diciembre, de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas. · BOE-A-2026-3386

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-07.

Texto consolidado

1. En todos los establecimientos, sean o no permanentes, en que se vendan o suministren bebidas alcohólicas se informará de las prohibiciones especificadas en el número 1 de los artículos 25, 28 y 29. Esta información se realizará mediante anuncios o carteles de carácter permanente, fijados de manera visible, en gallego y castellano. Las características de estas señalizaciones cumplirán los requisitos y condiciones que se establezcan por la consejería competente en materia de salud pública.

2. Las personas titulares de los establecimientos contemplados en el número 1 adoptarán las medidas necesarias de control para evitar la venta de bebidas alcohólicas a personas menores de edad, de las que habrán de informar por escrito a las personas trabajadoras.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-03-07.

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