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Ley Vigente

Artículo 26. Competencia para dictar el acuerdo sobre la memoria ambiental.

Artículo 26 de la Ley 6/2009, de 28 de abril, de evaluación ambiental de planes y programas. · BOE-A-2009-8411

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-05-27.

Texto consolidado

Corresponde dictar la resolución que contiene el acuerdo expreso sobre la memoria ambiental de los planes o programas, a que se refieren los apartados 3, 4 y 5 del artículo 25:

a) Al consejero o consejera del departamento competente en materia de medio ambiente si la aprobación de los planes o programas es asignada al Parlamento, al Gobierno u a otro consejero o consejera.

b) Al director o directora general competente en materia de evaluación ambiental de planes y programas, en los demás supuestos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-05-27.

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