Artículo 26. Gastos electorales y mecanismos de control.
Artículo 26 de la Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-20646
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-03.
Texto consolidado
El Decreto de convocatoria de elecciones a la Cámara Agraria fijará los gastos máximos del proceso electoral, así como su financiación y mecanismos de control, que habrán de ser establecidos expresamente.