Artículo 25. Derecho supletorio.
Artículo 25 de la Ley 6/1998, de 28 de mayo, de Régimen Jurídico de la Cámara Agraria de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1998-20646
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-03.
Texto consolidado
En todo lo relativo al proceso electoral no previsto en la presente Ley en las normas reglamentarias que, en su caso, la desarrollen, se aplicarán supletoriamente las disposiciones reguladoras del Régimen Electoral General.