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Ley Derogada

Artículo 26. Prohibiciones.

Artículo 26 de la Ley 6/1994, de 19 de mayo, reguladora de las Entidades Locales Menores. · BOE-A-1994-15914

Atención: Ley 6/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. No podrá constituirse en Entidad Local Menor el núcleo territorial en que radique la capitalidad del municipio.

2. Ninguna Entidad Local Menor podrá pertenecer a dos o más municipios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1994-06-04.

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